Sala Constitucional deniega la acción popular que buscaba anular el DS 5503

Publicado: 09/01/2026 17:51

La Sala Constitucional Primera señaló que la única instancia que puede calificar como institucional una norma es el Tribunal Constitucional

[Foto: AFP] / Rodrigo Paz, presidente de Bolivia

Pasadas las 17:30 de este viernes, la Sala Constitucional Primera de Santa Cruz determinó denegar la acción popular presentada por el abogado Wilmer Vásquez que buscaba que el decreto 5503 sea declarado inconstitucional y sea anulado; sin embargo, se denegó la solicitud.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) es el único competente para pronunciar sobre inconstitucionalidad de decretos”, manifestó Alaín Núñez, vocal de la Sala Constitucional Primera de Santa Cruz.

Durante la argumentación sobre el fallo, el vocal Alaín Núñez destacó que no es procedente usar la acción popular para que se dilucide acciones sobre la constitucionalidad de una norma.

De manera previa, Vásquez, abogado accionante, señalaba que existían varios artículos del Decreto Supremo 5503 que están al margen de la ley y que incluso vulnerarían la Constitución. “El decreto está mal hecho de forma y de fondo”, señaló.

Este decreto supremo entró en vigencia el 17 de diciembre y, entre otras cosas, eliminó la subvención a los combustibles.

Noticia en desarrollo...

Tags