Viceministro García: Decreto que permite a Paz gobernar desde el exterior “precautela la estabilidad de gobierno”
El Viceministro señaló que la posición del vicepresidente Edmand Lara sobre diversos temas ha sido un factor que se ha considerado a la hora de emitir el decreto
El viceministro de Transparencia, Seguridad Jurídica y Derechos Humanos, Yamil García, afirmó este viernes que el Decreto Supremo 5515, que permite al presidente Rodrigo Paz gobernar el país desde exterior por medios tecnológicos, es constitucional y garantiza la estabilidad del Gobierno.
“Este decreto tiene como finalidad darle certidumbre y seguridad jurídica a toda la población considerando que no se ha generado anteriormente una normativa que regule la interacción digital del presidente con la administración pública en el país”, dijo García UNITEL.
García firmó que Bolivia no es el único país en el que se ha desarrollado este tipo de procedimientos para que el presidente ejerza sus funciones independientemente de su desplazamiento territorial.
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Sin embargo, admitió que la posición del vicepresidente Edmand Lara sobre diversos temas ha sido un factor que se ha considerado a la hora de emitir el decreto.
“De manera pública el vicepresidente ha generado un criterio de oposición en contra de las políticas del gobierno”, dijo García.
Afirmó que la Constitución exige al presidente y al vicepresidente a seguir una sola línea de políticas de gobierno, por lo que el DS 5515 solo efectiviza esta idea al establecer mecanismos que la segunda autoridad del país ejerza su cargo dando continuidad a las políticas estatales.
Dijo que el decreto autoriza al Ministerio de la Presidencia a facilitar al vicepresidente todas las actividades políticas, técnicas y administrativas dando continuidad a las políticas de Estado.
García explicó que el DS 5515 abre la posibilidad de que el presidente cumpla su función a través de mecanismos seguros como la firma digital o herramientas virtuales y en caso de desplazamiento territorial que implique impedimento o sucesión temporal el Ministerio de la Presidencia dará al Vicepresidente todo el abanico de decisiones para el desarrollo de la función pública.
Afirmó que la única instancia que puede definir la constitucionalidad de la norma es el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y que, mientras esta no se pronuncie, toda norma presupone constitucionalidad.
También dijo que la CPE no establece que un viaje genera automáticamente una ausencia temporal o una sucesión constitucional.
Para García, si el Vicepresidente llega a ejercer una suplencia temporal, esta debe enmarcarse en su función e coadyuvar a las políticas del Gobierno porque no puede ser que un día se apruebe una norma y tres días después se la cambie, porque eso genera incertidumbre.